El Consejo de Educación recuerda que la matrícula es gratuita en establecimientos escolares públicos

El Consejo General de Educación recuerda a la comunidad educativa que, encontrándose próximo el inicio del Ciclo Lectivo 2022, con presencialidad plena y cuidada, la matrícula en establecimientos escolares públicos que dependen del organismo resulta gratuita, conforme lo normado por la Constitución de la Provincia, art. 69 y art. 70; la Ley Nacional de Educación Nº 26.206, art. 11, inciso “h”, y la Ley Provincia de Educación Nº 6.876, art. 4 y art. 11, inciso “g”, las cuales disponen la gratuidad de la Educación Pública de Gestión Estatal en todos los niveles y modalidades.
En consecuencia, toda contribución solicitada por los establecimientos o las Cooperadoras Escolares es de carácter voluntario y no constituye requisito obligatorio a los fines de la inscripción e inicio de actividades de los alumnos.
Por otro lado, conforme lo establece el Reglamento General de Escuelas, se recuerda que la presentación del acta de nacimiento de los alumnos no constituye un recaudo indispensable al momento de la inscripción. Esta documentación puede ser suplida por otros documentos oficiales, tales como el Documento Nacional de Identidad.
Se informa que es posible presentar otros documentos oficiales al momento de la inscripción y presentar las actas de nacimiento durante el desarrollo del presente Ciclo Lectivo, ante el requerimiento de las autoridades educativas correspondientes.
El Consejo General de Educación solicita el estricto cumplimiento de la normativa citada a fin de facilitar el inicio del ciclo lectivo 2022 con la presencialidad dispuesta en el calendario escolar vigente.

El Consejo General de Educación recuerda a la comunidad educativa que, encontrándose próximo el inicio del Ciclo Lectivo 2022, con presencialidad plena y cuidada, la matrícula en establecimientos escolares públicos que dependen del organismo resulta gratuita, conforme lo normado por la Constitución de la Provincia, art. 69 y art. 70; la Ley Nacional de Educación Nº 26.206, art. 11, inciso “h”, y la Ley Provincia de Educación Nº 6.876, art. 4 y art. 11, inciso “g”, las cuales disponen la gratuidad de la Educación Pública de Gestión Estatal en todos los niveles y modalidades.

En consecuencia, toda contribución solicitada por los establecimientos o las Cooperadoras Escolares es de carácter voluntario y no constituye requisito obligatorio a los fines de la inscripción e inicio de actividades de los alumnos.

Por otro lado, conforme lo establece el Reglamento General de Escuelas, se recuerda que la presentación del acta de nacimiento de los alumnos no constituye un recaudo indispensable al momento de la inscripción. Esta documentación puede ser suplida por otros documentos oficiales, tales como el Documento Nacional de Identidad.

Se informa que es posible presentar otros documentos oficiales al momento de la inscripción y presentar las actas de nacimiento durante el desarrollo del presente Ciclo Lectivo, ante el requerimiento de las autoridades educativas correspondientes.

El Consejo General de Educación solicita el estricto cumplimiento de la normativa citada a fin de facilitar el inicio del ciclo lectivo 2022 con la presencialidad dispuesta en el calendario escolar vigente.

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